Auxilios

Auxilios por calamidad


1. Muerte del asociado:


MONTO DEL AUXILIO: El cincuenta 50% ciento del salario SMMLVC


REQUISITOS: Certificado de defunción y cualquier documento Adicional que requiera el Comité.

 

2. Muerte de beneficiarios, registrados y contemplados en el Artículo: 4 del reglamento. Este se dará una vez por año:


MONTO DEL AUXILIO: El veinticinco 25% del SMMLVC.


REQUISITOS:

  • Certificación de defunción.
  • Cualquier otro documento que requiera el Comité.

3.   Auxilio por Incapacidades Generales o por accidentes de trabajo. Su utilización es de una sola vez por asociado por año:

 

MONTO DEL AUXILIO:  

  • Incapacidad de 15 días el equivalente a 2.5 SDMLV
  • Incapacidad de 16 a 30 días el equivalente a 3.5 SDMLV
  • Incapacidad de 31 a 60 días el equivalente a 5 SDMLV
  • Incapacidad de 61 a 90 días el equivalente a 6 SDMLV
  • Incapacidad mayor a 91 días el equivalente a 7 SDMLV.

Redondeados al múltiplo de mil más cercano.


REQUISITOS:

  • Solicitud por escrito.
  • Certificado de la incapacidad expedida por la EPS
  • Cualquier otro documento que requiera el Comité.

 

4.   Gastos generados por accidentes graves o enfermedades ruinosas del asociado, que excedan los cubrimientos de medicinas post y Prepagada. Su utilización es de una sola vez por asociado por año:


MONTO DEL AUXILIO: Según análisis del suceso el comité se determina el monto de la solidaridad. En todo evento no debe exceder del equivalente al 50% del SMMLV


REQUISITOS:

  • Certificación médica.
  • Cualquier Documentación extra que Requiera el Comité de Solidaridad.

5. Auxilio de Hospitalización en caso de gastos por concepto de cirugía, hospitalización y suministro de drogas para el asociado, que no sean cubiertos por la EPS, y que se hayan agotado todos los recursos legales para cubrirlos. Su utilización es de una sola vez por asociado por año:

 

MONTO DEL AUXILIO: Según análisis del suceso el comité se determina el monto de la solidaridad. En todo evento no debe exceder del equivalente a 1 SMMLV, siempre y cuando el sistema de seguridad social al cual se encuentre afiliado no cubra estos gastos.


REQUISITOS:

  • Certificado de la institución hospitalaria o EPS.
  • Comprobantes de pago que acrediten el gasto
  • Cualquier otro documento que requiera el Comité.

6. Daños o destrucción total o parcial de la vivienda, causados por desastres naturales o casos fortuitos de fuerza mayor. Su utilización es de una sola vez por asociado por año:


MONTO DEL AUXILIO:   Según análisis del suceso el comité determina el monto de la solidaridad. En todo evento no debe exceder del equivalente al 50% del SMMLV.


REQUISITOS:

  • Certificación de la Autoridad Competente.
  • Concepto técnico de un profesional nombrado por el Comité de Solidaridad del Fondo de Empleados.
  • Cualquier otro documento que requiera el Comité.

7. Apoyo por nacimiento:

 

MONTO DEL AUXILIO: Se otorgará un apoyo por nacimiento, por un valor de $50.000 al asociado. En caso de que se presentaran complicaciones en el nacimiento que conlleven a hospitalización o gastos adicionales y según el análisis del caso el comité de solidaridad determinará el monto del auxilio. En todo evento no debe exceder del equivalente al 50% del SMMLV. Redondeado al múltiplo de mil más cercano.


REQUISITOS:

  • Certificado nacido vivo o registro civil de nacimiento.
  • Solicitud por escrito.
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